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Subsidio por desempleo 2026: cuánto se cobra, requisitos y duración

Por Juan Manuel Sanchez · Actualizado el 8 de octubre de 2026

Solicitud en un portapapeles junto a un portátil

El subsidio por desempleo es la ayuda del SEPE para quien ha agotado el paro o no cotizó lo suficiente para cobrarlo. Desde la reforma de noviembre de 2024 se cobra más al principio y baja con el tiempo.

Cuánto se cobra en 2026

La cuantía depende del IPREM, que en 2026 sigue en 600,00 € al mes:

Se cobra entero aunque el trabajo que perdiste fuera a tiempo parcial: la reforma eliminó los subsidios parciales para los derechos reconocidos desde el 1 de noviembre de 2024.

Requisitos

Si tienes responsabilidades familiares (cónyuge, hijos menores de 26 años o con discapacidad, menores acogidos), además la renta de toda la unidad familiar dividida entre sus miembros no puede superar 915,75 € al mes. A cambio, el subsidio dura más.

Cuánto dura

Cómo se pide

En la sede electrónica del SEPE o con cita en tu oficina. Tienes 15 días hábiles desde que se acaba el paro o desde la situación que da derecho; si lo pides en plazo, cobras desde el día siguiente. Ya no existe el "mes de espera". El subsidio se reconoce por trimestres y hay que pedir la prórroga cada 3 meses con la declaración de rentas.

Trabajar sin perder todo el subsidio

Si encuentras trabajo, el Complemento de Apoyo al Empleo te permite seguir cobrando una parte durante un máximo de 180 días: con jornada completa, 480 € el primer trimestre, 360 € el segundo y menos después.

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Preguntas frecuentes

¿El subsidio cotiza para la jubilación?

Solo el subsidio para mayores de 52 años: el SEPE cotiza por jubilación sobre el 125 % de la base mínima.

¿Tengo que hacer la declaración de la renta si cobro el subsidio?

El subsidio tributa como rendimiento del trabajo, pero con estas cuantías normalmente no se supera el límite de obligación de declarar si no tienes otros ingresos.

Fuentes. Arts. 274 a 282 LGSS (RDL 2/2024); SEPE; Seguridad Social; RD 126/2026 (SMI). Revisado el 8 de octubre de 2026.

Contenido informativo. No constituye asesoramiento fiscal, laboral ni financiero.